Sabemos que el sector de la construcción es uno de los entornos laborales más peligrosos. Cada día, los trabajadores enfrentan una variedad de riesgos, desde caídas en altura hasta el manejo de maquinaria pesada, pasando por sobreesfuerzos físicos y el uso incorrecto de herramientas. Según el último informe del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), el índice de siniestralidad en este sector es el doble de la media nacional, con 6.298 accidentes por cada 100.000 trabajadores.
Dado este escenario, es evidente que la formación en prevención de riesgos laborales (PRL) se convierte en un elemento clave para garantizar la seguridad de los trabajadores y cumplir con las normativas vigentes. Pero no se trata solo de cumplir con lo que dice la ley: la formación debe ser realmente útil, enfocada a mitigar los riesgos específicos que se dan en el día a día de una obra. La diversidad de tareas y la intervención de distintos sectores (como el metal, vidrio o ferralla) hacen que la formación obligatoria abarque tanto lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), como lo que estipulan los convenios colectivos de cada actividad que participe en la obra.
La seguridad no solo protege vidas, también es esencial para el buen funcionamiento de cualquier empresa. Un equipo bien formado no solo se cuida a sí mismo, sino que también contribuye a un ambiente de trabajo más eficiente y productivo. Por el contrario, la falta de formación puede tener consecuencias graves: accidentes, sanciones económicas y hasta responsabilidades legales. Mediante este artículo, queremos ayudarte a asegurarte de que tu equipo está formado para afrontar los retos de la construcción, cumpliendo con la normativa y manteniendo un entorno laboral seguro.
Marco normativo de la formación en PRL para trabajadores y trabajadoras de la construcción
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), en su artículo 19, establece que el empresario debe garantizar que cada trabajador reciba una formación suficiente y adecuada en materia preventiva, tanto teórica como práctica. Esta formación debe adaptarse a las características del puesto de trabajo y actualizarse siempre que se introduzcan nuevas tecnologías, procedimientos o cambios en las funciones.
Por su parte, la Ley Reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción (LSC) permite que, a través de la negociación colectiva, se establezcan programas formativos y contenidos específicos de carácter sectorial. En este sentido, el Convenio General del Sector de la Construcción (CGSC) establece una formación preventiva específica para cada puesto de trabajo u oficio dentro del sector.
Esto implica que todas las personas trabajadoras del ámbito de la construcción deben recibir una doble formación preventiva: la que dicta el artículo 19 de la LPRL y la que regula el convenio colectivo aplicable a su sector. A continuación, vamos a explicarte ambos tipos de formación de forma detallada para que puedas tener claro cómo asegurarte de que tú y tu equipo estéis correctamente formados. Y, por supuesto, si tienes alguna duda, estamos aquí para ayudarte.
La formación obligatoria puede dividirse en dos grandes bloques:
- Aquella que establece el artículo 19 de la LPRL.
- La regulada por el convenio colectivo aplicable.
Formación para trabajadores y trabajadoras de la construcción según el artículo 19 de la LPRL
Tal y como establece en su artículo 19, la LPRL, toda persona trabajadora debe recibir formación enfocada a los riesgos específicos de su puesto de trabajo. Esta formación debe impartirse desde el momento de la contratación y actualizarse periódicamente, sobre todo cuando haya cambios en las funciones, los procesos o se introduzcan nuevas tecnologías.
Este tipo de formación es crucial para que cada empleado conozca los riesgos que puede enfrentar en su día a día laboral, desde el uso de maquinaria hasta la correcta manipulación de herramientas o la interacción con los medios auxiliares.
Formación sobre el uso de equipos de trabajo
El manejo de maquinaria y herramientas en el sector de la construcción supone riesgos evidentes, y la ley también exige formación y acreditaciones específicas para la operación de determinados equipos de trabajo:
- Manejo seguro de maquinaria: Es vital que todos los trabajadores reciban formación específica sobre cómo utilizar correctamente las herramientas y la maquinaria pesada. Esta formación no solo enseña cómo operarlas, sino que también incide en las medidas de seguridad que deben seguirse. Por ejemplo, los operadores de grúas no solo aprenden a manejar el equipo, sino también a realizar inspecciones previas a su uso. Así, si alguna vez te has preguntado cómo asegurarte de que una máquina está en condiciones óptimas, esta formación te dará todas las respuestas.
- Protocolos de actuación en caso de emergencia: También es necesario formar a los trabajadores sobre los procedimientos que deben seguir ante fallos o accidentes. Saber cómo reaccionar, por ejemplo, activando un sistema de alerta o evacuando el área, es clave para minimizar los riesgos. Tener un plan claro puede marcar la diferencia en momentos críticos.
Formación sobre los riesgos y medidas preventivas específicas de la obra
Además de los riesgos asociados al uso de maquinaria, cada obra presenta sus propios desafíos, y es crucial que los trabajadores estén bien informados:
- Identificación de riesgos específicos: La formación debe abarcar la identificación de riesgos propios de la obra en la que se trabaja, como caídas desde altura, electrocuciones, o cortes. Por ejemplo, si en una obra se manejan productos químicos, es fundamental que los trabajadores conozcan las hojas de seguridad y las medidas de protección específicas que deben adoptar.
- Medidas preventivas: Los trabajadores deben recibir instrucciones claras sobre qué medidas de prevención adoptar en cada caso. Esto incluye el uso de equipos de protección individual (EPI), como cascos, guantes, o arneses para trabajos en altura, y la correcta señalización de los peligros en el entorno de trabajo. En definitiva, la seguridad no es solo un conjunto de normas que seguir, es un estilo de trabajo, y la formación en PRL debe reflejarlo.
¿Quién puede impartir esta formación?
La formación puede ser impartida por la empresa misma, si tiene los medios adecuados, o a través de servicios de prevención ajenos (SPA). Además, ha de ser impartida por profesionales cualificados, para garantizar que los trabajadores no solo adquieran los conocimientos necesarios, sino que también los apliquen de manera efectiva en su día a día.
Formación regulada por el convenio colectivo aplicable a los trabajadores y trabajadoras de la construcción
Cada sector tiene regulaciones específicas que establecen la formación preventiva obligatoria para todos las personas que trabajan en empresas incluidas en su ámbito de aplicación.
En el caso de la construcción, está el Convenio General del Sector de la Construcción (CGSC), que define los siguientes niveles de formación obligatoria para las personas que trabajan en una obra:
Formación inicial (8 horas)
Todas las personas que trabajan en obra sin desempeñar tareas de alto riesgo deben completar una formación presencial de 8 horas. Conocida como primer ciclo, cubre los riesgos generales del sector y las medidas preventivas básicas. Este nivel es suficiente para perfiles como vigilantes, personal de limpieza o trabajadores de suministros.
Formación por puesto de trabajo
Esta formación es presencial, salvo para directivos (10 horas), que puede realizarse online; y administrativos (20 horas), que pueden optar por una modalidad mixta, con un mínimo del 25% presencial. Entre las formaciones por puesto de trabajo, se incluyen también: responsables de obra y técnicos de ejecución (20 horas), mandos intermedios (20 horas) y delegados de prevención (70 horas).
Formación específica (20 horas)
Además de la formación inicial, aquellas personas que desempeñan oficios especializados deben completar una formación presencial y específica de segundo ciclo, adaptada a los riesgos propios de su actividad. Entre los oficios que requieren esta formación se incluyen: albañilería, demolición y rehabilitación, encofrados, ferrallado, revestimiento de yeso, electricidad, fontanería e instalaciones de climatización, pintura, operadores de vehículos y maquinaria de movimiento de tierras, operadores de equipos manuales, trabajos de soldadura, montadores de escayola, y mantenimiento de maquinaria y vehículos, entre otros.
Quienes hayan realizado la formación de 20 horas para un oficio específico pueden optar por realizar únicamente las 6 horas correspondientes a la parte específica para obtener la formación en un nuevo oficio.
En una obra pueden existir actividades con oficios que no estén reconocidos por el convenio, en cuyo caso la empresa está obligada a formar a las personas trabajadoras siguiendo lo establecido en el artículo 19 de la LPRL
Formación de nivel básico de PRL (60 horas)
El nivel básico en el sector de la construcción tiene una duración de 60 horas, las cuales se deben impartir de forma presencial o mixta (40 horas online y 20 presenciales).
Formación para el delegado de prevención (70 horas)
La formación para el delegado de prevención requiere un curso de 70 horas, que también puede ser presencial o en modalidad mixta (50 horas online y 20 horas presenciales).
¿Quién puede impartir esta formación?
Las formaciones que establece el Convenio de l Construcción son impartidas por la Fundación Laboral de la Construcción (FLC) o por entidades homologadas por la misma, incluyendo servicios de prevención ajenos (SPA) o empresas con su servicio de prevención propio (SPP).
Formación para trabajadores y trabajadoras de la construcción que están incluidos en otros sectores
Es fundamental señalar que, en una obra de construcción, pueden intervenir trabajadores y trabajadoras de otros sectores que están regulados por sus propios convenios. Por ejemplo, los operarios del sector del metal o del sector de ferralla deben cumplir con las normativas formativas específicas de sus respectivos convenios. Por lo tanto, si un trabajador del sector del metal cuya empresa está adscrita al convenio realiza tareas de soldadura en una obra de construcción, debe seguir las pautas del Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal, que, además incluye formación de reciclaje.
En un sector como el de la construcción, donde la seguridad es crucial, no podemos dejar de lado la importancia de una buena formación en PRL. Con cada acción formativa adecuada, cada protocolo seguido y cada riesgo prevenido protegemos a las personas a la vez que fortalecemos todo el entorno laboral. Si tienes dudas sobre qué formación necesitas para tu equipo o cómo llevarla a cabo, estamos aquí para ayudarte.