El deber de protección es incondicionado y casi ilimitado (arts. 14.2 y 15.4 LPRL), pero se detiene ante la imprudencia temeraria: si el daño deriva exclusivamente de una conducta temeraria e imprevisible del trabajador y el empresario cumplió sus obligaciones preventivas, puede quedar exonerado.
5 herramientas para gestionar la edad en la prevención de riesgos laborales
En 2025, las personas de 55 años o más representaban el 21,7 % de la población ocupada, frente al 15 % de 2015. Es decir, más de uno de cada cinco trabajadores tiene ya...





