El deber de protección es incondicionado y casi ilimitado (arts. 14.2 y 15.4 LPRL), pero se detiene ante la imprudencia temeraria: si el daño deriva exclusivamente de una conducta temeraria e imprevisible del trabajador y el empresario cumplió sus obligaciones preventivas, puede quedar exonerado.
Lluvias y viento fuerte en el trabajo: ¿saben tus trabajadores cómo actuar cuando llega un temporal?
AEMET anuncia lluvias intensas o fuertes rachas de viento. Pero ¿qué deben hacer los trabajadores? ¿Pueden seguir con sus tareas? ¿Quién decide si hay que suspenderlas?...





