La responsabilidad es objetiva. El titular responde legalmente de los incumplimientos del RD 487/2022, incluso sin dolo o culpa. Puede enfrentarse a sanciones administrativas, reclamaciones civiles o incluso responsabilidad penal si no demuestra la diligencia debida.
La Inspección de Trabajo intensificará en julio el control del riesgo por calor
La gestión del riesgo por calor vuelve a situarse en el foco de la Inspección de Trabajo. Dentro de la Campaña Ibérica sobre Riesgos Emergentes del Cambio Climático y...





