Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) debe conservar la documentación de prevención de riesgos laborales (como formación recibida) durante al menos 5 años tras el cese del trabajador, conforme al plazo de prescripción de las infracciones muy graves en materia de PRL (LISOS, art. 4).
¿Por qué seguimos cayendo en ciberestafas aunque sepamos que existen?
A estas alturas casi todos sabemos que no deberíamos abrir enlaces sospechosos, facilitar contraseñas o hacer una transferencia porque alguien nos la pida con urgencia....





