Sí. Según el artículo 20 de la LPRL y el RD 393/2007, el plan de emergencias debe prever la evacuación segura de personas con discapacidad, incluyendo medios técnicos y asignación de apoyos humanos si es necesario.
Desconexión digital en un mundo hiperconectado, ¿es posible?
Vivimos en una época en la que la línea entre el trabajo y la vida personal se ha difuminado, especialmente con el auge de las tecnologías digitales y nuevas formas de...





