Sí. Según el artículo 20 de la LPRL y el RD 393/2007, el plan de emergencias debe prever la evacuación segura de personas con discapacidad, incluyendo medios técnicos y asignación de apoyos humanos si es necesario.
Generaciones en cambio: De la búsqueda de la estabilidad al bienestar emocional
El mundo del trabajo ha experimentado una constante transformación en las últimas décadas, impulsada por factores como la globalización, la irrupción de nuevas...





