Sí. Según el artículo 20 de la LPRL y el RD 393/2007, el plan de emergencias debe prever la evacuación segura de personas con discapacidad, incluyendo medios técnicos y asignación de apoyos humanos si es necesario.
Trastornos musculoesqueléticos (TME), la primera causa de baja laboral. Cómo prevenirlos en el sector limpieza
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