Sí. Debe emitirse un permiso de trabajo en caliente, con evaluación de riesgos específica y medidas preventivas documentadas. Recomendado por el INSST y habitual en normativa sectorial.
Medidas LGTBI: cumplir ya es obligatorio, y la formación, lejos de ser una casilla a tachar, el motor de esa transformación
Desde el pasado 10 de abril, las empresas de más de 50 personas están obligadas a cumplir con lo establecido en el RD 1026/2024, que incluye dos grandes medidas para...





