Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones de uso del producto (RD 374/2001, arts. 3 y 4).
¿Cómo se adapta la prevención de riesgos a este sector?
A través del convenio colectivo y de contenidos específicos en la formación profesional, se adaptan las medidas preventivas a los riesgos...



