Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones de uso del producto (RD 374/2001, arts. 3 y 4).
Absentismo laboral: Desmontando un debate polarizado para encontrar soluciones
El incremento de las ausencias en las empresas ha reabierto un debate enquistado entre la exigencia de control y la protección de la salud. Para gestionarlo con éxito,...





