Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
¿Se considera in itinere un accidente sufrido en el trayecto del trabajo al médico?
Una trabajadora adelanta su salida del trabajo para acudir a una cita médica programada. En el trayecto, sufre un accidente de tráfico. ¿Puede considerarse accidente...





