Sí, la legislación española exige formación continua o periódica en prevención de riesgos laborales más allá de la formación inicial, siempre que evolucionen los riesgos o aparezcan nuevas circunstancias en el entorno laboral, según el artículo 19 de la Ley 31/1995.
¿Es obligatorio evaluar los riesgos de los productos de limpieza clasificados como peligrosos?
Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones...



