Sí. La Sentencia del TSJ de Madrid, Sala Social, nº 920/2022 confirmó que la Ley 31/1995 es aplicable a empresas de distribución de alimentos, y que estas deben adaptar la evaluación de riesgos a las particularidades del trabajo alimentario.
30 años de la Ley de PRL: lo que ha cambiado y lo que aún debe evolucionar
Hablar hoy de prevención de riesgos laborales en España exige mirar al mismo tiempo al camino recorrido y a los cambios que están transformando el trabajo. Treinta años...





