Sí, en algunos casos podría aplicar el artículo 52.a ET (ineptitud sobrevenida), pero también debe justificar que no es posible la continuidad del trabajador mediante ajustes razonables.
Campaña Ibérica sobre Riesgos Emergentes del Cambio Climático y Economía Circular. Fechas clave
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de España y la Autoridade para as Condições do Trabalho de Portugal han puesto en marcha una campaña conjunta sobre riesgos...





