Sí. El Real Decreto 665/1997 se aplica siempre que en la actividad se manipulen sustancias cancerígenas, mutágenas o reprotóxicas, lo cual es frecuente en la industria farmacéutica y posible en la cosmética.
Calor y trabajo: qué exige la normativa a empresas y trabajadores
¿A partir de qué temperatura hay que dejar de trabajar? La normativa española no establece una cifra única ni una respuesta automática. La decisión depende de las...





