No. El deber de protección es intransferible. La empresa debe asegurar directamente la formación, supervisión y condiciones seguras de uso conforme al artículo 14 de la LPRL.
La Inspección de Trabajo intensificará en julio el control del riesgo por calor
La gestión del riesgo por calor vuelve a situarse en el foco de la Inspección de Trabajo. Dentro de la Campaña Ibérica sobre Riesgos Emergentes del Cambio Climático y...





