Sí. Si no ha adoptado todas las medidas de prevención exigibles, el empresario puede enfrentar recargos de prestaciones, multas, responsabilidad civil e incluso penal. El deber de protección es incondicionado, incluso si hay imprudencias no temerarias por parte del trabajador.
Desconexión digital. Por qué sigue fallando una obligación legal que ya no admite excusas
La ley no deja demasiado margen para la interpretación. En España, la Ley Orgánica 3/2018 reconoce el derecho de las personas trabajadoras a la desconexión digital...





