Sí. La omisión del deber de actuar en seguridad laboral puede considerarse delito, incluso sin dolo, si implica una infracción grave del deber de protección.
Medidas LGTBI: cumplir ya es obligatorio, y la formación, lejos de ser una casilla a tachar, el motor de esa transformación
Desde el pasado 10 de abril, las empresas de más de 50 personas están obligadas a cumplir con lo establecido en el RD 1026/2024, que incluye dos grandes medidas para...





