Administrativamente, el técnico no es sujeto sancionable por la Inspección de Trabajo. La sanción recae sobre el empresario, que es el obligado legal conforme a la LPRL.
Penalmente, sí puede ser responsable si su conducta u omisión se considera grave, culposa o dolosa, y guarda una relación causal con el daño, como una lesión o muerte del trabajador.
Publicado el proyecto de ley español de inteligencia artificial
La ley española de inteligencia artificial empieza a tomar forma. El 12 de junio se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el Proyecto de Ley Orgánica...





