Sí, si la negativa es reiterada, consciente y sin justificación, puede constituir una falta grave por desobediencia o indisciplina (art. 54 ET). La jurisprudencia lo avala, como en la sentencia del TSJ de Andalucía, nº 633/2020.
El derecho a la desconexión digital: Por qué debes formar a tus equipos ahora
Regulado en España desde 2018, el derecho a la desconexión digital se estableció como una medida esencial para proteger el bienestar de las personas trabajadoras frente...





