Sí, si la negativa es reiterada, consciente y sin justificación, puede constituir una falta grave por desobediencia o indisciplina (art. 54 ET). La jurisprudencia lo avala, como en la sentencia del TSJ de Andalucía, nº 633/2020.
Accidentes graves de manos. No subestimes los riesgos
Con frecuencia subestimamos la vulnerabilidad de nuestras manos y pasamos por alto la diversidad de peligros a los que las exponemos en el entorno laboral. Sin embargo,...





