Sí. Si no ha coordinado adecuadamente las actividades preventivas o no ha vigilado el cumplimiento normativo, puede ser responsable solidaria o subsidiaria, tal como establece el artículo 24 de la LPRL y ha confirmado la jurisprudencia, como la sentencia del TSJ de Asturias nº 1327/2023.
La Inspección de Trabajo intensificará en julio el control del riesgo por calor
La gestión del riesgo por calor vuelve a situarse en el foco de la Inspección de Trabajo. Dentro de la Campaña Ibérica sobre Riesgos Emergentes del Cambio Climático y...





