No. Tras la reforma de 2025 (Ley 2/2025), la extinción automática del contrato por incapacidad permanente queda eliminada. La empresa debe demostrar que no es posible realizar ajustes razonables ni reubicar al trabajador en un puesto compatible, salvo que ello suponga una carga excesiva.
Accidentes in itinere: por qué aumentan y qué pueden hacer las empresas para prevenirlos
Uno de cada siete accidentes laborales ocurre fuera del trabajo En 2024 se registraron en España 90.815 accidentes laborales con baja in itinere, es decir, ocurridos en...





