La jurisprudencia confirma la responsabilidad empresarial cuando: • No se controla la exposición. • No se imponen EPIs. • No se evalúan los riesgos. Sentencias del TSJ de Galicia, Asturias, Cantabria y Navarra han reconocido estas omisiones como infracciones graves.
Medidas LGTBI: cumplir ya es obligatorio, y la formación, lejos de ser una casilla a tachar, el motor de esa transformación
Desde el pasado 10 de abril, las empresas de más de 50 personas están obligadas a cumplir con lo establecido en el RD 1026/2024, que incluye dos grandes medidas para...





