Se activa el deber de coordinación de actividades empresariales (art. 24 LPRL y RD 171/2004). Las empresas deben cooperar, intercambiar información sobre riesgos y establecer medios de coordinación. La empresa titular o principal debe vigilar que las demás cumplan con la normativa.
Las empresas deberán adelantar su plan de movilidad sostenible al trabajo: menos plazo y más foco en seguridad vial y formación
El calendario del plan de movilidad sostenible al trabajo ha cambiado. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, ha reducido de 24 a 12 meses el plazo para que...





