AEMET anuncia lluvias intensas o fuertes rachas de viento. Pero ¿qué deben hacer los trabajadores? ¿Pueden seguir con sus tareas? ¿Quién decide si hay que suspenderlas? ¿Qué ocurre si el temporal les sorprende mientras están trabajando?
Un aviso meteorológico informa del peligro, pero no indica cómo debe actuar cada empresa. Para eso es necesario haber evaluado los riesgos, previsto las medidas y dado instrucciones claras a los trabajadores.
Los episodios de lluvia intensa y viento fuerte nos recuerdan que el tiempo puede cambiar las condiciones de trabajo en cuestión de horas. Ante esta realidad actual, las inspecciones de trabajo de España y Portugal está desarrollando una campaña conjunta sobre los riesgos laborales relacionados con el cambio climático. Durante octubre, sus actuaciones se centran especialmente en la lluvia y el viento, tanto en los centros de trabajo como en los desplazamientos durante la jornada.
¿Qué deben tener previsto las empresas?
¿Qué puede cambiar en el trabajo cuando llega un temporal?
Una lluvia intensa o un episodio de viento fuerte pueden afectar de manera muy diferente a cada actividad. Por eso, el primer paso es identificar qué riesgos pueden aparecer en los distintos puestos de trabajo.
No hay que pensar únicamente en quienes trabajan al aire libre. También debemos considerar si las instalaciones pueden inundarse, si el viento puede afectar a las estructuras o los equipos, si los accesos pueden quedar bloqueados o si los trabajadores necesitan desplazarse.
Por ejemplo, una empresa de mantenimiento tendrá que considerar los riesgos de los trabajos que realiza en distintas instalaciones y de los desplazamientos entre ellas. Y una oficina puede verse afectada por la entrada de agua, daños en el edificio o problemas para acceder a él.
Esta identificación permite establecer las medidas necesarias para proteger los trabajadores.
En nuestro artículo sobre cómo preparar la empresa frente a los fenómenos meteorológicos adversos explicamos con más detalle cómo incorporar estos riesgos a la gestión preventiva.
Cuatro situaciones en las que una empresa debe saber cómo actuar
1. Cuando el temporal dificulta ir al trabajo o volver a casa
La empresa debe tener previsto cómo actuar e informar a los trabajadores, también cuando las condiciones meteorológicas afectan a los trayectos de ida y vuelta al trabajo.
¿Qué ocurre si desplazarse supone un peligro?
Si existe un riesgo grave e inminente, los trabajadores no deben exponerse a un desplazamiento peligroso y deben estar atentos a los avisos meteorológicos y seguir las indicaciones de las autoridades.
La empresa debe facilitar canales de comunicación, dar instrucciones claras y prever alternativas, como modificar los horarios o facilitar el trabajo a distancia cuando sea posible.
Si el temporal sorprende a los trabajadores en el centro, puede ser más seguro permanecer allí hasta que mejoren las condiciones, siempre que el edificio sea seguro.
En nuestro artículo sobre qué hacer ante un aviso naranja o rojo de AEMET explicamos cuándo puede interrumpirse la actividad, qué derechos tienen los trabajadores y en qué condiciones puede recurrirse al teletrabajo.
2. Cuando resulta peligroso continuar una tarea
El viento fuerte puede hacer peligrosos los trabajos en altura, las operaciones con equipos de elevación o determinadas tareas agrícolas. Las lluvias intensas también pueden complicar el uso de maquinaria, o aumentar el riesgo de resbalones y caídas.
La empresa debe tener claro qué tareas pueden verse afectadas, en qué circunstancias deben modificarse o suspenderse y quién debe tomar esas decisiones.
Por ejemplo, en una obra puede ser necesario interrumpir ciertos trabajos cuando sopla viento. En una explotación agrícola, aplazar determinadas tareas si las lluvias hacen que el terreno resulte peligroso.
Los trabajadores deben conocer las medidas previstas para su actividad y saber cómo comunicar cualquier situación que pueda comprometer su seguridad.
3. Cuando hay que desplazarse durante la jornada laboral
No solo hablamos de transportistas y repartidores. También de comerciales, técnicos de mantenimiento, personal de asistencia a domicilio o trabajadores que se desplazan entre distintas instalaciones.
Una lluvia intensa puede reducir la visibilidad, provocar inundaciones o dejar algunas carreteras cortadas. El viento fuerte también puede hacer peligrosos algunos recorridos.
En estas circunstancias, la empresa puede necesitar modificar una ruta, aplazar un desplazamiento o interrumpir temporalmente la actividad.
Y el trabajador debe saber a quién avisar si encuentra una carretera inundada, qué hacer si no existe una alternativa segura y cómo debe actuar si no consigue comunicarse con su responsable.
Estas instrucciones son especialmente importantes para quienes trabajan solos o pasan buena parte de su jornada fuera de la empresa.
4. Cuando el centro de trabajo se ve afectado por una emergencia
Una lluvia intensa puede provocar inundaciones, cortes eléctricos o daños en las instalaciones de un almacén, una fábrica, un comercio o una oficina. También el viento puede causar desperfectos, desprendimientos o dificultades para entrar y salir del edificio.
Ante estas situaciones, los trabajadores deben conocer cómo dar la alarma, qué zonas deben evitar y cómo actuar si es necesario interrumpir la actividad o abandonar el centro.
La empresa debe haber establecido quién coordina la respuesta, cómo se informa a las personas que se encuentran en distintas zonas y cómo ayudar a quienes puedan tener dificultades para ponerse a salvo.
Los simulacros permiten practicar estas actuaciones y comprobar si los procedimientos funcionan.
Tener en cuenta a los trabajadores especialmente sensibles
No todas las personas pueden verse afectadas de la misma manera por los riesgos laborales. Por eso, la evaluación debe tener en cuenta las circunstancias de los trabajadores especialmente sensibles, las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia y los menores de edad.
También debe contemplarse la vigilancia de la salud que corresponda según los riesgos identificados.
¿Qué deben saber los trabajadores antes de que llegue un aviso?
La Guía de actuación inspectora sobre fenómenos meteorológicos adversos incluye expresamente la información y la formación PRL entre las cuestiones que deben comprobarse.
Los trabajadores deben conocer los riesgos de su actividad y saber cómo actuar cuando cambian las condiciones meteorológicas, tanto en su puesto como durante los desplazamientos relacionados con el trabajo.
También deben saber cómo recibir instrucciones, comunicar incidencias o resolver dudas, incluso cuando resulta difícils contactar con un responsable.
¿Qué va a comprobar la Inspección de Trabajo?
La campaña ibérica no introduce nuevas obligaciones. Su objetivo es reforzar la prevención y comprobar el cumplimiento de la normativa vigente.
En las actuaciones relacionadas con la lluvia y el viento, la Inspección comprobará, entre otras cuestiones:
- Si las empresas han identificado estos riesgos en la evaluación;
- han establecido las medidas preventivas y los procedimientos de emergencia y
- si han proporcionado a los trabajadores la información y formación PRL adecuadas.
La campaña no termina en octubre. Se prolongará hasta junio de 2027 y contempla nuevas actuaciones intensificadas, entre ellas las previstas para diciembre de 2026 sobre los riesgos asociados al frío.
La guía de actuación inspectora sobre fenómenos meteorológicos adversos también puede servir a las empresas para revisar su preparación.
Prepararse es saber cómo actuar
Cuando llega un temporal, las condiciones pueden cambiar rápidamente. Por eso es importante que las empresas hayan previsto las medidas y que los trabajadores sepan cómo aplicarlas.
En Digital Preventor contamos con una amplia oferta de formación online sobre riesgos derivados de fenómenos meteorológicos adversos y actuación ante emergencias, que podemos adaptar a las necesidades de cada empresa.
Si necesitas formar a tus equipos o actualizar sus conocimientos sobre estos riesgos, contacta con nosotros.
Fuentes consultadas
- Inspección de Trabajo y Seguridad Social (2025). Guía de actuación inspectora: Fenómenos meteorológicos adversos. Versión revisada de septiembre de 2025.




