Sí. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (disposición adicional 14ª) y el RD 1627/1997 establecen que cada contratista debe contar con recursos preventivos que supervisen el cumplimiento del plan de seguridad y salud, especialmente en trabajos con riesgos especiales.
Fase de recuperación tras una DANA: Riesgos para la salud y precauciones generales para los habitantes en zonas afectadas
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