Sí. Según el artículo 20 de la LPRL y el RD 393/2007, el plan de emergencias debe prever la evacuación segura de personas con discapacidad, incluyendo medios técnicos y asignación de apoyos humanos si es necesario.
Mentoría y tutoría inversa: un intercambio de sabiduría
Actualmente, la coexistencia de hasta cuatro generaciones diferentes dentro de una misma organización supone un reto y, al mismo tiempo, una oportunidad única para...





