Sí. Según el artículo 20 de la LPRL y el RD 393/2007, el plan de emergencias debe prever la evacuación segura de personas con discapacidad, incluyendo medios técnicos y asignación de apoyos humanos si es necesario.
Manual de supervivencia para Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales
En nuestro artículo anterior hablábamos de la enorme responsabilidad y exigencia del trabajo de un técnico de prevención y de las resistencias con las que se puede...





