Sí, en algunos casos podría aplicar el artículo 52.a ET (ineptitud sobrevenida), pero también debe justificar que no es posible la continuidad del trabajador mediante ajustes razonables.
Cómo analizar las ausencias en la empresa y saber qué hacer
Reducir el absentismo no consiste en aplicar más controles, ofrecer más flexibilidad o lanzar un programa de bienestar. La medida adecuada depende de lo que esté...





