Sí, en algunos casos podría aplicar el artículo 52.a ET (ineptitud sobrevenida), pero también debe justificar que no es posible la continuidad del trabajador mediante ajustes razonables.
Medidas LGTBI: cumplir ya es obligatorio, y la formación, lejos de ser una casilla a tachar, el motor de esa transformación
Desde el pasado 10 de abril, las empresas de más de 50 personas están obligadas a cumplir con lo establecido en el RD 1026/2024, que incluye dos grandes medidas para...





