Sí. Si no ha adoptado todas las medidas de prevención exigibles, el empresario puede enfrentar recargos de prestaciones, multas, responsabilidad civil e incluso penal. El deber de protección es incondicionado, incluso si hay imprudencias no temerarias por parte del trabajador.
Calor y trabajo: qué exige la normativa a empresas y trabajadores
¿A partir de qué temperatura hay que dejar de trabajar? La normativa española no establece una cifra única ni una respuesta automática. La decisión depende de las...





