Sí. Si no ha adoptado todas las medidas de prevención exigibles, el empresario puede enfrentar recargos de prestaciones, multas, responsabilidad civil e incluso penal. El deber de protección es incondicionado, incluso si hay imprudencias no temerarias por parte del trabajador.
Campaña Ibérica sobre Riesgos Emergentes del Cambio Climático y Economía Circular. Fechas clave
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de España y la Autoridade para as Condições do Trabalho de Portugal han puesto en marcha una campaña conjunta sobre riesgos...





