Administrativamente, el técnico no es sujeto sancionable por la Inspección de Trabajo. La sanción recae sobre el empresario, que es el obligado legal conforme a la LPRL.
Penalmente, sí puede ser responsable si su conducta u omisión se considera grave, culposa o dolosa, y guarda una relación causal con el daño, como una lesión o muerte del trabajador.
Principales causas de los accidentes laborales mortales
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) publicó el informe “Análisis de causas de accidentes mortales en actividades prioritarias 2024”, en el...





