Administrativamente, el técnico no es sujeto sancionable por la Inspección de Trabajo. La sanción recae sobre el empresario, que es el obligado legal conforme a la LPRL.
Penalmente, sí puede ser responsable si su conducta u omisión se considera grave, culposa o dolosa, y guarda una relación causal con el daño, como una lesión o muerte del trabajador.
Empleos verdes. ¿Estamos preparando bien la prevención de riesgos laborales?
Cuando hablamos de empleos verdes, solemos pensar en sostenibilidad, innovación y lucha contra el cambio climático. Sin embargo, existe una cuestión que a menudo recibe...





