Sí, si la negativa es reiterada, consciente y sin justificación, puede constituir una falta grave por desobediencia o indisciplina (art. 54 ET). La jurisprudencia lo avala, como en la sentencia del TSJ de Andalucía, nº 633/2020.
Riesgos en la intervención de voluntarios tras una DANA: Coordinación y seguridad en la fase de recuperación
La reciente DANA en la Comunidad Valenciana ha puesto en evidencia el papel esencial de los voluntarios. Miles de personas se han volcado en ayudar, demostrando que la...





