Sí, si la negativa es reiterada, consciente y sin justificación, puede constituir una falta grave por desobediencia o indisciplina (art. 54 ET). La jurisprudencia lo avala, como en la sentencia del TSJ de Andalucía, nº 633/2020.
La formación en prevención, un derecho y un medio para proteger nuestra salud física y mental
Para que los trabajadores y trabajadoras no solo puedan, sino que también se interesen y quieran participar activamente en la prevención de riesgos laborales,...





