Sí, si la negativa es reiterada, consciente y sin justificación, puede constituir una falta grave por desobediencia o indisciplina (art. 54 ET). La jurisprudencia lo avala, como en la sentencia del TSJ de Andalucía, nº 633/2020.
El estrés invisibilizado de los Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales
A menudo, escuchamos sobre el estrés en el lugar de trabajo y sus efectos en los empleados, pero rara vez se habla del estrés que sufren los técnicos de prevención de...





