Sí, si la negativa es reiterada, consciente y sin justificación, puede constituir una falta grave por desobediencia o indisciplina (art. 54 ET). La jurisprudencia lo avala, como en la sentencia del TSJ de Andalucía, nº 633/2020.
Nuevas normas de tráfico que afectan a riders y repartidores: qué revisar antes del 1 de octubre
El próximo 1 de octubre de 2026 entra en vigor el Real Decreto 518/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación para reforzar la protección de los usuarios...





