Su negativa constituye un incumplimiento laboral sancionable, conforme al artículo 29.1.b de la LPRL y el artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores. La empresa puede aplicar sanciones disciplinarias, incluyendo la suspensión o el despido si la conducta es reiterada.
Empleos verdes. ¿Estamos preparando bien la prevención de riesgos laborales?
Cuando hablamos de empleos verdes, solemos pensar en sostenibilidad, innovación y lucha contra el cambio climático. Sin embargo, existe una cuestión que a menudo recibe...





